El día de hoy, 05 de agosto de 2011, salió publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Seguridad Privada, mismo que regula la prestación de servicios de Alarmas y monitoreo electrónico, el cual se define como la instalación de sistemas de alarma en vehículos, casas, oficinas, empresas y en todo tipo de lugares que se quiera proteger y vigilar, a partir del aviso de los prestatarios, así como recibir y administrar las señales enviadas a la central de monitoreo por los sistemas, y dar aviso de las mismas, tanto a las autoridades correspondientes como a los usuarios de los sistemas y equipos, así como a los prestatarios, en forma inmediata
Esta reforma es importante ya que en la actualidad existen diversas compañías que prestan estos servicios, sin que su actividad y prestación estuvieran reguladas por la ley, por lo que a partir de ahora la ley contempla y señala las características mínimas con las que deben contar las mismas para otorgar el servicio y preve su autorizacion y vigilancia por la Secretaría Federal de Seguridad Publica, con lo que se dota de mayor seguridad jurídica al consumidor.
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